Si tenemos una serie de recibos domiciliados en una entidad
bancaria y además tenemos nuestra nómina o prestación en la misma entidad,
podemos solicitar, en caso de que no nos venga bien afrontar el pago, que el
mismo banco se haga cargo del recibo.
Si el banco lo considera oportuno procederá a hacerse cargo
del importe del mismo y posteriormente lo descontará en cuanto recibamos
nuestra nómina. Normalmente el trámite es inmediato y basta con solicitarlo. En
este caso podemos acudir a la entidad si tenemos constancia del día en que van
a cargar el recibo y así evitar que sea devuelto. Por supuesto nos deben
informar si nos va a suponer algún coste, y en ese caso compararlo con el que
supondría la devolución del recibo ya que puede llegar el caso en que no nos convenga.
Otra alternativa es
pedir información sobre los días que puede estar retenido el recibo, en algunos
casos varios días, por lo que directamente, si
tenemos la certeza de que vamos a tener nuestros ingresos antes de la
fecha límite de devolución del recibo, podemos esperar hasta ese día. No
obstante este último método no es aconsejable, ya que muchas veces la fecha
puedo no ser fiable y en muchas ocasiones en las propias entidades empiezan a
negase a ofrecer dicha información.
Por lo tanto lo mejor es comentarlo directamente con el
personal del banco, y si tenemos una razonable historial de crédito y una
nomina o prestación que nos respalde no deberían poner mayores impedimentos para importes no
superiores al 50% a nuestro próximo ingreso.
Hay que tener en cuenta que tenemos que hacer un seguimiento
de todo el proceso. No sería la primera vez que por un descuido del personal u
otras razones, nos aseguran que el recibo va a ser atendido y luego es
devuelto, con las correspondientes molestias y gastos. Por lo tanto comprobaremos que el recibo ha sido
efectivamente pagado.
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